- La acusada deberá abonar una multa de 1.260 euros por verter insultos contra un conocido.
- El tribunal considera que expresiones como "depredador sexual" vulneran el derecho al honor.
- La sentencia destaca que el uso de redes sociales agrava la infracción por su gran difusión.
- Se ha denegado la orden de alejamiento al no apreciarse un peligro real para la integridad del denunciante.
Una vecina de la ciudad olívica ha descubierto por las malas que el entorno digital no es un terreno sin ley donde se pueda decir cualquier cosa sin consecuencias. La **Sección Penal del Tribunal de Instancia de Vigo** ha emitido un fallo condenatorio contra una mujer que utilizó su perfil en la red social Instagram para arremeter de forma contundente contra un hombre de su entorno conocido.
El origen del conflicto se sitúa en una serie de publicaciones realizadas en una cuenta dedicada a la difusión de testimonios sobre supuestos abusos. En dicho espacio, la condenada vertió calificativos de gran calibre, lo que ha llevado a la justicia a intervenir para proteger la **dignidad y el honor del afectado**, estableciendo una sanción económica que sirve de aviso para navegantes en el mundo del social media.
El honor frente a la libertad de expresión

La magistrada encargada del caso ha sido muy clara al distinguir entre lo que es una crítica legítima o un desahogo personal y lo que supone un ataque directo a la reputación de alguien. Según consta en la resolución, emplear términos como **»depredador sexual», «yonki» o «enfermo»** supone cruzar una línea roja que la libertad de expresión no puede amparar bajo ninguna circunstancia razonable.
En la sentencia se subraya que estas palabras no se lanzaron al aire sin más, sino que existía una **clara intención de denigrar** a la persona a la que iban dirigidas. El tribunal insiste en que no es necesario recurrir a este tipo de vocabulario vejatorio para manifestar una queja o una opinión, por muy negativa que esta sea, por lo que el ánimo de injuriar ha quedado plenamente acreditado durante el proceso judicial.
Detalles de la sanción y el alcance de las publicaciones

La cuantía de la condena asciende a un total de 1.260 euros, resultado de una cuota diaria impuesta durante siete meses. Además de este desembolso, la mujer tendrá que hacerse cargo de las **costas procesales generadas por el juicio**, incluyendo las de la acusación particular, lo que eleva considerablemente la factura final de sus comentarios en la red social de Meta.
Un factor determinante para la jueza ha sido la publicidad de los mensajes. La cuenta donde se publicaron los textos, identificada como @denuncias.galicia, contaba con miles de seguidores en el momento de los hechos, lo que provocó que las **descalificaciones llegaran a un público masivo**. Este alcance multiplica el daño causado, ya que cualquier usuario podía acceder a esa información y formarse una opinión negativa del denunciante basada en insultos sin contrastar.
Denegación de la prohibición de comunicación
A pesar de la rotundidad de la condena por injurias, el juzgado no ha accedido a todas las pretensiones de la acusación. Se solicitaba inicialmente una orden que impidiera a la mujer comunicarse con el afectado durante un año, pero la magistrada ha considerado que **no existe un riesgo real** o una situación de acoso cibernético o hostigamiento continuado que justifique restringir ese derecho fundamental de forma tan severa.
La resolución judicial pone de manifiesto que, aunque las palabras fueron ofensivas y merecedoras de castigo, no se han aportado pruebas de que la mujer haya intentado agredir o acosar físicamente al hombre con posterioridad. Por tanto, la justicia entiende que con la **multa y el reproche penal** es suficiente para resarcir el daño moral causado sin necesidad de imponer medidas cautelares propias de casos de mayor peligrosidad social.
Este episodio ocurrido en la Ciudad de la Justicia de Vigo sienta un precedente importante sobre cómo se gestionan los conflictos de honor en internet. Queda patente que lanzar acusaciones graves en perfiles públicos puede salir muy caro, ya que los tribunales están vigilando de cerca que el **derecho a la reputación** no sea pisoteado por el anonimato o la falsa sensación de impunidad que a veces ofrecen las plataformas digitales hoy en día.
